MESAS DIRECTIVAS


Mesas directivas 
El Senado y la Cámara de Representantes cuentan con una mesa directiva elegida para cada legislatura. Cada mesa es coordinada por un presidente y dos vicepresidentes elegidos por los miembros de cada cámara, sin posibilidad de reelección. Nunca el presidente y el vicepresidente pueden pertenecer al mismo partido o movimiento político. A su vez, en las vicepresidencias se debe garantizar la representación de las minorías. 

Las funciones de las mesas directivas son:
*Mejorar la organización interna de las cámaras de manera que la labor legislativa sea más eficiente.
*Presentar conjuntamente el proyecto de presupuesto anual del Congreso al gobierno para que este lo considere dentro del Presupuesto General de la Nación (PGN) de cada año. 
*Controlar la ejecución del gasto aprobado para el Congreso en el PGN.


Algunas funciones del presidente de la mesa directiva son:

1.Presidir y representar la cámara a la que pertenece. 
2.Abrir y cerrar las sesiones plenarias. 
3.Velar porque que los miembros de cada cámara asistan a las sesiones puntualmente.
4.Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno y absolver las dudas que se presenten en la aplicación del mismo. 
5.Repartir los proyectos de ley y acto legislativo para su estudio y ordenar el trámite de los mismos.
6.Suscribir los proyectos de ley y acto legislativo en cada una de las comisiones para su estudio.
7.Designar las comisiones accidentales que se requieran.

El vicepresidente tiene como principal función reemplazar al presidente cuando sea necesario. En ausencia del presidente, el vicepresidente asume sus funciones y en ausencia de ambos debe hacerlo el congresista perteneciente a la misma cámara que siga en orden alfabético.

En caso de desacuerdo con alguna de las decisiones tomadas por el presidente de cada cámara, éstas pueden ser apeladas ante la corporación en pleno, es decir el Senado y la Cámara de Representantes. 

1.Decidir sobre la realización de sesiones conjuntas en los casos en que estas proceden. 
2.Expedir normas complementarias que faciliten el funcionamiento de la Secretaría General y de cada una de las secretarías de las comisiones. 
3.Vigilar el funcionamiento de las comisiones.
4.Hacer solicitud al Consejo de Estado para que declare la pérdida de investidura de los congresistas cuando hay lugar a esta. 
5.Autorizar la realización de comisiones oficiales fuera de la sede del Congreso, siempre y cuando no impliquen asignación de recursos adicionales. 
6.Expedir mociones de reconocimiento o duelo cuando sea necesario. 
Hacer cumplir las sanciones disciplinarias que sean impuestas a los miembros de cada una de las bancadas.

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